Sentencia 66/2023 · Exp. 01226-2022-HC
Sala 2 · Improcedente / Infundada · 2023-02-01
Fundamentos jurídicos relevantes
3. En un extremo de la demanda se alega que el actor fue condenado porque se consideró que se interesó por un contrato, pero se debió tener en cuenta lo dispuesto en la Casación 82-2012, de fecha 15 de abril de 2013. Al respecto, este Tribunal aprecia que se cuestionan asuntos que no corresponde resolver en la vía constitucional, tales como la apreciación de hechos y la aplicación de una casación al caso concreto. Por consiguiente, en este extremo resulta de aplicación el artículo 7, inciso 1, del Nuevo Código Procesal Constitucional. [...]
13. De lo antes expuesto, este Tribunal considera que no se ha acreditado la vulneración del principio acusatorio y de congruencia recursal, puesto que no hubo un cambio en cuanto a los hechos materia de la acusación fiscal y el actor ejerció su derecho de defensa. Además, la variación al delito de negociación incompatible o aprovechamiento indebido de cargo implicó que se le imponga una pena menor que la solicitada por el Ministerio Público (siete años). [...]
16. Adicionalmente se advierte de la sentencia de vista que no se ha acreditado la vulneración del principio acusatorio y de congruencia recursal, puesto que no hubo un cambio en cuanto a los hechos materia de la acusación fiscal y el actor ejerció su derecho de defensa; además, la variación al delito de negociación incompatible o aprovechamiento indebido de cargo implicó que se le imponga una pena menor a la solicitada por el Ministerio Público (siete años).
Texto de la sentencia
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