Sentencia 202/2024 · Exp. 01219-2023-AA
Sala 2 · Infundada · 2024-02-23
Fundamentos jurídicos relevantes
10. Por otro lado, se agregó que, más allá de la interpretación que pretendía realizar la apelante respecto de los requisitos legales para la validez de los contratos modales cuestionados, se advirtió que en cuatro casos (se especificó cuáles eran los demandantes) no se presentaba la causa objetiva que justificara su contratación, configurándose así la desnaturalización de estos; y, por último, se concluyó que la entonces demandada, al momento de proceder a los despidos cuestionados, tenía pleno conocimiento de cuáles trabajadores eran los afiliados al sindicato, y que los extrabajadores Arturo Marzano Mogollón y Elvis Morales Gutiérrez tenían la calidad de directivos del sindicato. En consecuencia, se advirtió la afectación del derecho a la libertad sindical de los citados extrabajadores.
11. Habida cuenta de todo lo expuesto, esta Sala del Tribunal Constitucional observa que las cuestionadas resoluciones han cumplido con explicar las razones en las que se fundaron, por lo que, no advirtiéndose el agravio manifiesto a los derechos invocados, tal como alega la demandante, corresponde desestimar la presente demanda.
Texto de la sentencia
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