Sentencia 455/2023 · Exp. 01202-2020-HC
Pleno · Infundada / improcedente · 2023-11-29
Fundamentos jurídicos relevantes
18. A mayor abundamiento, no solo de los anexos del escrito de demanda, sino también de los anexos de la absolución de la demanda, se han incorporado múltiples exámenes médicos, diagnósticos y documentos varios, que reafirman que el favorecido se encuentra con tratamiento médico y con seguimiento especializado. En tal sentido, el tratamiento brindado a don [nombre omitido] resulta razonable y proporcional, y está encaminado a proteger su salud y su vida. En suma, se le ha brindado al interno un tratamiento respetuoso de su dignidad.
19. De otro lado, se ha alegado que el favorecido se encuentra en una situación de comorbilidad por la edad que ostenta, esto es, es un adulto mayor de 85 años. Al respecto, más allá de reconocer la especial situación de las personas adultas privadas de libertad y de las obligaciones de las entidades y personas a cargo de las mismas, debe quedar claro que la sola condición de adulto mayor no implica en modo alguno un derecho a la excarcelación. Por el contrario, el objetivo es brindar las mejores condiciones posibles para que las personas adultas, en tanto población vulnerable, puedan cumplir la pena privativa de libertad impuesta en óptimas condiciones y en pleno respeto de sus derechos fundamentales.
20. Es más, conforme se desprende del informe médico antes referido, el favorecido, a la fecha de expedición de aquel, a mediados de noviembre de 2021, en concordancia con el cronograma de vacunación a nivel nacional respecto de los adultos mayores, ya contaba con las dos primeras dosis (primera dosis el 20 de abril de 2021 y segunda dosis el 12 de mayo de 2021) de la vacuna Pfizer. Por todo lo expuesto, corresponde desestimar este extremo de la demanda.
Texto de la sentencia
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