Inicio › Jurisprudencia › Sentencia 666/2024 · Exp. 01135-2023-AA
Tribunal Constitucional

Sentencia 666/2024 · Exp. 01135-2023-AA

Sala 1 · Infundada · 2024-08-08

Fundamentos jurídicos relevantes

10. Por consiguiente, de lo expuesto se advierte que, dado que el actor pasó a retiro el 28 de noviembre de 2001, no le corresponde la aplicación del artículo 15 del Decreto Legislativo 1132 concordante con la Décimo Primera Disposición Complementaria Final de la citada norma, que regulan el subsidio póstumo y por invalidez del personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú que al 10 de diciembre de 2012, fecha de entrada en vigor del Decreto Legislativo 1132, se encontraban en situación de actividad y que al pasar a la situación de retiro su régimen de pensiones es el regulado por el Decreto Ley 19846. En consecuencia, corresponde desestimar la demanda.

Selección del propio Tribunal Constitucional en su buscador de jurisprudencia.

Texto de la sentencia

tomado del PDF oficial

No se pudo leer el texto del PDF (dirección del PDF no permitida). Ábrelo en la fuente oficial.

Lectura automática del PDF: puede tener errores de formato y los nombres de personas se ocultan de forma aproximada. El documento válido es el oficial.

Datos de la sentencia

Expediente: 01135-2023-AA
Número de sentencia: 666/2024
Colegiado: Sala 1
Sentido de la resolución: Infundada
Distrito judicial: Distrito Judicial de Lima
Fecha de emisión: 2024-08-08
Fecha de publicación: 2024-08-28
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Director General de la Policía Nacional del Perú y otro
Palabras clave
Pago de subsidio póstumo y por invalidezsituación de retiropersonal de la Policía Nacional del Perú
Tesauro
Efectivos de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional

Sentencia en PDF

Las sentencias no tienen protección de derecho de autor si se cita la fuente (DL 822, art. 9). Datos copiados del buscador público del Tribunal Constitucional.

Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 1, Sentencia 666/2024, Exp. 01135-2023-AA, 2024-08-08. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.