Sentencia 52/2024 · Exp. 01110-2022-AA
Pleno · Improcedente · 2024-01-26
Fundamentos jurídicos relevantes
6. En este orden de ideas, este Tribunal observa que lo que realmente cuestiona el demandante es la apreciación realizada por los jueces demandados, lo cual, desde luego, resulta improcedente, pues la supuesta vulneración de sus derechos por la actuación judicial no califica como evidente; antes bien, contrariamente a lo argumentado por el demandante, las cuestionadas resoluciones cumplen con explicar las razones en las que se fundan.
7. En esa línea, este Tribunal juzga que no le corresponde examinar la corrección de lo finalmente decidido en las cuestionadas resoluciones judiciales, como si el proceso de amparo contra amparo fuera un recurso adicional a los contemplados en el Código Procesal Constitucional, a través del cual pueda examinarse, en sede de instancia, la apreciación fáctica y jurídica plasmada en aquellas sentencias. Por lo tanto, no corresponde emitir un pronunciamiento de fondo.
Texto de la sentencia
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