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Tribunal Constitucional

Sentencia 36/2025 · Exp. 01007-2024-HC

Sala 2 · Improcedente · 2025-01-14

Fundamentos jurídicos relevantes

7. De lo expuesto se advierte que se cuestionan elementos tales como la apreciación de los hechos y la valoración de las pruebas y su suficiencia, así como el criterio de los juzgadores aplicados al caso concreto. Estos cuestionamientos resultan incompatibles con la naturaleza del proceso constitucional de habeas corpus, pues recaen sobre asuntos propios que son de competencia exclusiva de la jurisdicción ordinaria.

8. En consecuencia, teniendo presente que los argumentos del recurrente no están referidos al contenido constitucionalmente protegido del derecho tutelado por el habeas corpus, la demanda debe declararse improcedente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7, inciso 1, del Nuevo Código Procesal Constitucional.

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Datos de la sentencia

Expediente: 01007-2024-HC
Número de sentencia: 36/2025
Colegiado: Sala 2
Sentido de la resolución: Improcedente
Distrito judicial: Distrito Judicial de Lambayeque
Fecha de emisión: 2025-01-14
Fecha de publicación: 2025-02-18
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Segundo Juzgado Penal Colegiado de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque y otra
Palabras clave
Hábeas corpuscontenido constitucionalmente protegido del derechocompetencia de la justicia ordinaria
Tesauro
Acción de Habeas Corpus

Sentencia en PDF

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Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 2, Sentencia 36/2025, Exp. 01007-2024-HC, 2025-01-14. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.