Sentencia 21/2025 · Exp. 00958-2023-AA
Pleno · Improcedente · 2024-11-21
Fundamentos jurídicos relevantes
4. De lo glosado se desprende que el citado proceso contencioso administrativo contiene –materialmente– el mismo petitorio que el presente proceso de amparo, cuyo objeto es tutelar el derecho de la accionante a seguir contratando con el Estado. Cabe precisar que la actora recurrió a dicho proceso contencioso-administrativo el 17 de enero de 2017, esto es, con anterioridad al presente proceso constitucional, cuya demanda se interpuso el 16 de marzo de 2017.
5. Por lo tanto, en el caso de autos se interpuso previamente una demanda contencioso-administrativa donde se solicita la nulidad de las mismas resoluciones administrativas que en este proceso constitucional se pretende, por lo que la demanda debe ser declarada improcedente, de conformidad con el artículo 7, inciso 3, del Nuevo Código Procesal Constitucional.
Texto de la sentencia
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