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Tribunal Constitucional

Sentencia 719/2023 · Exp. 00843-2023-HC

Sala 2 · Improcedente · 2023-07-19

Fundamentos jurídicos relevantes

9. De igual manera, este Tribunal ha hecho notar que el derecho al debido proceso puede ser tutelado mediante el proceso de habeas corpus, siempre que el presunto hecho vulneratorio tenga incidencia negativa, directa, concreta y sin justificación razonable en el derecho a la libertad personal, lo que no sucede en el caso de autos, en cuanto a que se solicita que se suspenda la audiencia de control de acusación programada mediante Resolución 16, de fecha 16 de octubre de 2022. En efecto, la citación a dicha audiencia en modo alguno incide de manera negativa, directa y concreta sobre el derecho a la libertad personal del recurrente.

10. Por consiguiente, dado que la reclamación del recurrente no está referida al contenido constitucionalmente protegido del derecho tutelado por el habeas corpus, resulta de aplicación el artículo 7, inciso 1, del Nuevo Código Procesal Constitucional.

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Datos de la sentencia

Expediente: 00843-2023-HC
Número de sentencia: 719/2023
Colegiado: Sala 2
Sentido de la resolución: Improcedente
Distrito judicial: Distrito Judicial de Apurímac
Fecha de emisión: 2023-07-19
Fecha de publicación: 2023-08-31
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Supraprovincial-Sede Central de Abancay y otro
Palabras clave
Hábeas corpuscontenido constitucional protegido del derechoDerecho a la libertad personal
Tesauro
Acción de Habeas CorpusDerecho a la libertad

Sentencia en PDF

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Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 2, Sentencia 719/2023, Exp. 00843-2023-HC, 2023-07-19. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.