Sentencia 477/2024 · Exp. 00639-2023-HD
Sala 2 · Infundada · 2024-04-12
Fundamentos jurídicos relevantes
8. Habiendo acreditado en autos que el recurrente recibió la Carta 57- 2019-SUNAT/3Z0000 el 16 de octubre de 2019, en cuyo Anexo 1 precisa que el costo de reproducción asciende a dos soles por las 10 hojas solicitadas, es claro que no existió renuencia de la emplazada a la entrega de la información solicitada; por ende, no se aprecia la alegada lesión al derecho invocado, por lo que corresponde desestimar la demanda. [...]
11. Por ello, esta Sala del Tribunal Constitucional estima que, si bien al actor le asiste el derecho a acceder a las copias solicitadas, también tiene la obligación constitucional de pagar el costo de reproducción de la información requerida. Ahora bien, en el caso concreto, en el anexo14 de la Carta 57-2019-SUNAT/3Z0000, obra en el puesto 12 la liquidación del costo de reproducción de la información solicitada por el actor (Expediente URD020-2019-646093-3) y se precisa que son 20 páginas a un costo total de 2 soles, valor que evidencia un costo razonable por la reproducción, por lo que tampoco se advierte que el costo liquidado suponga una restricción irrazonable para acceder a la información requerida.
Texto de la sentencia
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