Sentencia 406/2024 · Exp. 00319-2023-AA
Sala 1 · Infundada · 2024-05-15
Fundamentos jurídicos relevantes
14. De lo expuesto, este Alto Tribunal aprecia que las resoluciones materia de cuestionamiento sí cuentan con argumentos fácticos y jurídicos que justifican la decisión de declarar fundada la demanda de alimentos promovida contra la recurrente a favor de su menor hijo, habiendo ambas sentencias analizado la situación de especial vulnerabilidad del menor alimentista, tanto por su minoría de edad como por los serios problemas de salud que lo aquejan, como la condición de la amparista y su obligación como madre de coadyuvar en el sostenimiento del menor, quien se encuentra bajo el cuidado de su padre. Por el contrario, de los fundamentos que respaldan la demanda se puede colegir que se dirigen a cuestionar, tanto la interpretación y aplicación del artículo 481 del Código Civil al caso concreto, como la valoración probatoria efectuada por los jueces demandados para determinar la obligación de la actora de prestar los alimentos a su menor hijo y para fijar su monto, asuntos que son de competencia de los órganos de la jurisdicción ordinaria, salvo que se hayan lesionado derechos fundamentales, que no es el caso de autos.
15. Por lo demás, tampoco se advierte la afectación de los derechos a la tutela procesal efectiva y al debido proceso, que también alega la recurrente, pues, según se aprecia de los actuados del proceso subyacente que obran en autos, ella tuvo acceso irrestricto a la jurisdicción y, ya inmersa en el proceso, este se desarrolló conforme a las reglas del procedimiento preestablecidas, habiendo ejercido activamente sus derechos de defensa, el derecho a la pluralidad de instancias, el derecho a la motivación de las resoluciones, el derecho a los medios de prueba, entre otros.
16. Siendo así y no habiéndose acreditado la afectación del contenido constitucionalmente protegido del derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales, la pretensión debe desestimarse.
Texto de la sentencia
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