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Tribunal Constitucional

Sentencia 1596/2024 · Exp. 00107-2023-HC

Sala 2 · Improcedente / Infundada · 2024-11-20

Fundamentos jurídicos relevantes

6. Al respecto, conforme a reiterada jurisprudencia de este Tribunal sobre la materia, el análisis de la valoración y la suficiencia probatoria que sustentan la imposición de la medida de internamiento preventivo son asuntos que no corresponde resolver en la vía constitucional; y en el caso de autos, se advierte que la Sala superior ha realizado el análisis correspondiente conforme se advierte del considerando “v.3” del apartado “v.- Fundamentos de esta Sala superior” de la Resolución 3, de fecha 20 de setiembre de 2019.

7. En consecuencia, respecto a los argumentos analizados en los fundamentos del 4 al 6 supra resulta de aplicación el artículo 7, inciso 1 del Nuevo Código Procesal Constitucional. [...]

17. Siendo así, se verifica que la decisión judicial cuestionada se encuentra, no solo mínima y suficientemente motivada, sino que cumple con el estándar de motivación calificada que corresponde a las medidas restrictivas de libertad, al haberse explicado ampliamente, y con base en diversas actuaciones contenidas en el expediente, las razones por la que al beneficiario se le impuso la medida de internamiento preventivo.

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Datos de la sentencia

Expediente: 00107-2023-HC
Número de sentencia: 1596/2024
Colegiado: Sala 2
Sentido de la resolución: Improcedente / Infundada
Distrito judicial: Distrito Judicial de Piura
Fecha de emisión: 2024-11-20
Fecha de publicación: 2024-12-20
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Poder Judicial
Palabras clave
Hábeas corpuscontenido constitucionalmente protegido del derechodebida motivación
Tesauro
Acción de Habeas CorpusDerecho a la motivación

Sentencia en PDF

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Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 2, Sentencia 1596/2024, Exp. 00107-2023-HC, 2024-11-20. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.