Sentencia 430/2024 · Exp. 05310-2022-HC
Sala 1 · Infundada · 2024-04-05
Fundamentos jurídicos relevantes
HA RESUELTO: (...) 2. Exhortar a las autoridades jurisdiccionales emplazadas a, en lo sucesivo, observar lo dispuesto en el fundamento 11.
10. Así, se puede observar, que a pesar de los cuestionamientos al juez Hernán Pozo Chávez, la resolución que optó por condenarlo (sentencia Resolución 26, de fecha 4 de octubre de 2019), y que aduce le habría generado un agravio por haber vulnerado la garantía del juez imparcial, cuenta con dos votos más (magistradas Amparo Fernández Ordóñez, que actuó como ponente y Kati Rocío Jurado Taipe) con los que habría resolución de acuerdo con el artículo 141 del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por lo demás, como lo advirtieron las instancias judiciales precedentes, el ahora recurrente no cuestionó la intervención del juez Hernán Pozo Chávez ni en el recurso de apelación a la sentencia condenatoria, ni en el respectivo recurso de casación.
11. En todo caso, y sin perjuicio de lo expuesto, este Tribunal estima que, en lo sucesivo, los órganos jurisdiccionales deben velar por no permitir que funcionarios o personas que antes hubieran tomado conocimiento de los hechos objeto de investigación, y que se integraron posteriormente al Poder Judicial, participen en el proceso de adopción de una decisión relativa al caso que conocieron con anterioridad, ya que, ciertamente, ello puede comprometer su imparcialidad en la resolución de la controversia. Sin embargo, por lo expuesto en el fundamento 10, no corresponde amparar la demanda en el presente caso.
Texto de la sentencia
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