Sentencia 962/2024 · Exp. 04731-2023-AA
Sala 2 · Infundada · 2024-07-17
Fundamentos jurídicos relevantes
11. De ello, la sala emplazada concluyó que, aun cuando el colegiado superior no había cumplido con analizar, de manera disgregada, cada infracción a los supuestos de intermediación laboral para determinar la alegada desnaturalización, ello no era argumento suficiente para considerar que la conclusión a la cual arribó la sala superior era contraria a ley, pues se determinó que no se habían desnaturalizado los contratos de intermediación bajo un análisis apto y que dicha conclusión era concordante con lo expuesto por la sala suprema, no resultando amparable esta última causal de casación.
12. En opinión de esta Sala del Tribunal Constitucional, la resolución cuestionada no ha vulnerado el derecho a la motivación de las resoluciones judiciales (fundamento 6 supra), pues la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República ha expuesto las razones de su decisión, esto es, que ha analizado las causales denunciadas y, tras dicho análisis, ha concluido que, si bien es cierto que la sala superior no había cumplido con analizar, de manera disgregada, cada infracción a los supuestos de intermediación laboral para determinar la alegada desnaturalización, también lo era que su conclusión no era contraria a ley, al haberse determinado que no se habían desnaturalizado los contratos de intermediación de la demandante, por lo que corresponde desestimar la presente demanda.
Texto de la sentencia
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