Sentencia 632/2024 · Exp. 04498-2023-HC
Sala 1 · Improcedente / Infundada · 2024-08-08
Fundamentos jurídicos relevantes
5. Sobre lo consignado en los fundamentos 3 y 4 supra, este Tribunal aprecia que se cuestionan asuntos que no corresponde resolver en la vía constitucional, tales como alegatos de inocencia, la revaloración de pruebas y su suficiencia; así como la aplicación de un acuerdo plenario y de un recurso de nulidad al caso concreto, constituyen un aspecto propio de la judicatura ordinaria y no de la judicatura constitucional. Por consiguiente, respecto a los fundamentos 3 y 4 supra resulta de aplicación el artículo 7, inciso 1 del Nuevo Código Procesal Constitucional. [...]
8. En el presente caso, se cuestiona la falta de admisión de la declaración de la testigo de descargo. Al respecto, este Tribunal considera que esa decisión no fue arbitraria y estuvo más bien motivada, porque esa testimonial era para manifestar que don [nombre omitido] había fallecido. Sin embargo, esa información fue requerida al Reniec y finalmente se obtuvo de la consulta en línea que proporciona esa entidad. Por tanto, ya no era necesario el testimonio. [...]
13. En ese sentido, se advierte que los cuestionamientos realizados por la defensa del favorecido en sede constitucional ya han sido analizados y respondidos en su oportunidad en el marco del proceso penal seguido en su contra, habiendo sido desestimados de manera motivada.
Texto de la sentencia
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