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Tribunal Constitucional

Sentencia 597/2025 · Exp. 04480-2023-HC

Sala 1 · Infundada · 2025-04-21

Fundamentos jurídicos relevantes

9. Es decir, a diferencia de lo sostenido por el recurrente, si bien la sentencia de vista no hace alusión expresa al Dictamen Fiscal 071-2022 10ºFSPL, sí manifiesta claramente los argumentos por los que se aparta de su enfoque, esbozando las razones por las que un determinado evento que desde la perspectiva de aquel dictamen resultaba atípico, a juicio de la Sala Superior sí merecía el respectivo reproche penal.

10. Por consiguiente, no se ha vulnerado el derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales ni por derivación el derecho al debido proceso y a la libertad personal.

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Datos de la sentencia

Expediente: 04480-2023-HC
Número de sentencia: 597/2025
Colegiado: Sala 1
Sentido de la resolución: Infundada
Distrito judicial: Distrito Judicial de Lima
Fecha de emisión: 2025-04-21
Fecha de publicación: 2025-04-30
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Vigésimo Sexto Juzgado Penal Liquidador de Lima y otra
Palabras clave
principio acusatorioderecho al debido procesoderecho a la motivaciónlibertad personal
Tesauro
Derecho a la tutela jurisdiccional efectiva Derecho a la motivaciónDerecho a la libertadDerecho a la libertad

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Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 1, Sentencia 597/2025, Exp. 04480-2023-HC, 2025-04-21. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.