Inicio › Jurisprudencia › Sentencia 673/2025 · Exp. 04300-2024-AA
Tribunal Constitucional

Sentencia 673/2025 · Exp. 04300-2024-AA

Sala 2 · Infundada · 2025-06-12

Fundamentos jurídicos relevantes

8. Ahora bien, se verifica de la Resolución 04659-2022-ONP/DPR.GD/DL 20530, de fecha 13 de setiembre de 2022, que, al mes de marzo de 2012, fecha de fallecimiento de la causante doña [nombre omitido], esta percibía como pensión de cesantía la suma de S/. 698.77 (lo cual no ha sido negado por el recurrente), monto que no superaba la remuneración mínima vital al 13 de setiembre de 2022 —establecida por Decreto Supremo 003-2022-TR en S/. 1025.00 desde el mes de mayo de 2022—; por tanto, de acuerdo a lo señalado en los fundamentos supra, corresponde al demandante percibir como pensión de sobreviviente-orfandad la suma de S/. 349.385, tal como lo ha determinado la instancia judicial, por lo que se debe desestimar lo solicitado por el actor en su recurso de agravio constitucional.

Selección del propio Tribunal Constitucional en su buscador de jurisprudencia.

Texto de la sentencia

tomado del PDF oficial

No se pudo leer el texto del PDF (dirección del PDF no permitida). Ábrelo en la fuente oficial.

Lectura automática del PDF: puede tener errores de formato y los nombres de personas se ocultan de forma aproximada. El documento válido es el oficial.

Datos de la sentencia

Expediente: 04300-2024-AA
Número de sentencia: 673/2025
Colegiado: Sala 2
Sentido de la resolución: Infundada
Distrito judicial: Distrito Judicial de La Libertad
Fecha de emisión: 2025-06-12
Fecha de publicación: 2025-08-19
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Oficina de Normalización Previsional (ONP)
Palabras clave
Pensión de cesantíapensión de sobreviviente-orfandad
Tesauro
Pensión de orfandad

Sentencia en PDF

Las sentencias no tienen protección de derecho de autor si se cita la fuente (DL 822, art. 9). Datos copiados del buscador público del Tribunal Constitucional.

Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 2, Sentencia 673/2025, Exp. 04300-2024-AA, 2025-06-12. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.