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Tribunal Constitucional

Sentencia 414/2024 · Exp. 04238-2022-AC

Sala 1 · Infundada / fundada · 2024-05-07

Fundamentos jurídicos relevantes

6. En el presente caso, se advierte que el recurrente tiene la calidad de pensionista de una asociación de fondos de pensiones (AFP), conforme se aprecia de la constancia y boletas anexadas. Asimismo, en su solicitud de exoneración, del 12 de junio de 201519, este ha afirmado que se ha visto obligado a alquilar el departamento del cual pide las exoneraciones tributarias (departamento 203, av. Parque B, manzana C, block 08, del Conjunto Habitacional Los Parques de El Agustino). A razón de ello, se ha mudado al jirón Huallaga 349, interior 207, Cercado de Lima; de hecho, en su demanda dicha dirección aparece como domicilio real y procesal. En ese sentido, se puede observar que no se cumple con el requisito referido a que el inmueble esté destinado únicamente a vivienda del recurrente, sino lo está destinando a un alquiler, conforme a su propio dicho.

7. Atendiendo a lo expuesto, este extremo debe ser declarado infundado al no cumplir con el requisito previsto en el artículo 19 de la Ley de Tributación Municipal para acceder a la exoneración solicitada. [...]

13. Pese a ello, conforme se aprecia de la contestación de la demanda, la petición del actor habría sido resuelta mediante la Carta 0760-2015- SGRFT-MDEA, de 16 de junio de 2015. Sin embargo, de dicha respuesta, detallada en el fundamento 11 supra, se aprecia que la emplazada únicamente se limitó a evaluar su petición de exoneración del impuesto predial y no así aquella respecto de los arbitrios municipales, vulnerando el derecho de petición por omisión, razón por la cual, corresponde estimar este extremo de la demanda a los efectos de que la emplazada proceda a dar respuesta de dicho extremo de la petición. [...]

15. Finalmente, al estimarse parcialmente la demanda corresponde condenar a la emplazada al pago de los costos procesales conforme al artículo 28 del Nuevo Código Procesal Constitucional y cuya liquidación se efectuará en ejecución de sentencia.

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Texto de la sentencia

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Datos de la sentencia

Expediente: 04238-2022-AC
Número de sentencia: 414/2024
Colegiado: Sala 1
Sentido de la resolución: Infundada / fundada
Distrito judicial: Distrito Judicial de Lima
Fecha de emisión: 2024-05-07
Fecha de publicación: 2024-05-30
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Municipalidad Distrital de El Agustino
Palabras clave
derecho de peticiónvulneración de derecho por omisiónexoneración de impuesto predial
Tesauro
Derecho a formular peticiones, individual o colectivamente

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Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 1, Sentencia 414/2024, Exp. 04238-2022-AC, 2024-05-07. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.