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Tribunal Constitucional

Sentencia 388/2025 · Exp. 04229-2023-AA

Sala 1 · Improcedente · 2025-03-17

Fundamentos jurídicos relevantes

10. En consecuencia, el recurrente no presentó el correspondiente RAC en el proceso de amparo contra la sentencia desestimatoria de segunda instancia o grado que en realidad le causa agravio y no ha demostrado las razones que le habrían impedido ello, no cumple con las disposiciones del precedente que regulan la procedencia del amparo contra amparo. Por tanto, la presente demanda no cumple con uno de los requisitos procesales esenciales para su procedencia, por lo que corresponde declarar su improcedencia.

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Datos de la sentencia

Expediente: 04229-2023-AA
Número de sentencia: 388/2025
Colegiado: Sala 1
Sentido de la resolución: Improcedente
Distrito judicial: 20. Distrito Judicial de Lima Sur1​
Fecha de emisión: 2025-03-17
Fecha de publicación: 2025-04-30
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur
Palabras clave
Amparo contra amparoRecurso de agravio constitucional
Tesauro
Acción de Amparo

Sentencia en PDF

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Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 1, Sentencia 388/2025, Exp. 04229-2023-AA, 2025-03-17. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.