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Tribunal Constitucional

Sentencia 963/2024 · Exp. 04099-2023-HC

Sala 1 · Infundada · 2024-09-25

Fundamentos jurídicos relevantes

11. Este Tribunal concluye, de lo expuesto en los fundamentos ut supra, que no se ha acreditado la alegada vulneración del derecho al debido proceso de la favorecida en cuanto alega que se continuó con las audiencias de juicio oral y fue condenada, pese al quiebre del juicio. En efecto, no existió una suspensión del juicio mayor a ocho días; la defensa de la favorecida no presentó alguna objeción para la continuación de las audiencias de juicio oral y del recurso de nulidad contra la sentencia condenatoria se verifica que esto no fue considerado como agravio.

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Datos de la sentencia

Expediente: 04099-2023-HC
Número de sentencia: 963/2024
Colegiado: Sala 1
Sentido de la resolución: Infundada
Distrito judicial: Distrito Judicial de Apurímac
Fecha de emisión: 2024-09-25
Fecha de publicación: 2024-10-31
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Sala Mixta de Andahuaylas y Chincheros de la Corte Superior de Justicia de Apurímac y otro
Palabras clave
Hábeas corpuscontenido constitucionalmente protegido del derechoimprobanza de la pretensión
Tesauro
Acción de Habeas Corpus

Sentencia en PDF

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Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 1, Sentencia 963/2024, Exp. 04099-2023-HC, 2024-09-25. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.