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Tribunal Constitucional

Sentencia 975/2023 · Exp. 03958-2022-HC

Sala 2 · Infundada / improcedente · 2023-10-27

Fundamentos jurídicos relevantes

5. En el caso de autos, si bien el demandante denuncia la afectación de los derechos a la tutela procesal efectiva, al debido proceso, a la debida motivación de las resoluciones judiciales y a la libertad individual, lo que, en puridad, pretende es el reexamen de lo resuelto en sede ordinaria. En efecto, el recurrente cuestiona que la sentencia de condena se sostiene únicamente en la simple sindicación del testigo y del agraviado [nombre omitido], quien refirió en el juicio que “[…] vio corriendo a Peter […]” sin precisar qué acción desarrolló o contra quién disparó o si no disparó y que ello no ha sido corroborado con otros medios de prueba.

6. En síntesis, se cuestionan elementos tales como la valoración de pruebas y su suficiencia, así como el criterio de los juzgadores aplicados al caso concreto. No obstante, dichos cuestionamientos resultan manifiestamente incompatibles con la naturaleza del proceso constitucional de habeas corpus, pues recaen sobre asuntos que corresponde dilucidar a la judicatura ordinaria.

7. Por consiguiente, dado que la reclamación del recurrente en cuanto a este extremo no está referida al contenido constitucionalmente protegido del derecho tutelado por el habeas corpus, resulta de aplicación el artículo 7, inciso 1, del Nuevo Código Procesal Constitucional en dicho extremo de la demanda. [...]

10. De lo expuesto se advierte que el Juzgado Penal Colegiado estableció claramente la calidad de autor del favorecido en los hechos que condujeron a los ilícitos penales por los que fue condenado y que tuvo como precedente el análisis efectuado en el fundamento cuarto, en particular, en los fundamentos 4.2, 4.10 y 4.12, de los cuales se desprende la participación del favorecido en el hecho delictivo materia del proceso subyacente.

12. En tal virtud, se aprecia en el citado auto de vista que se expresó de forma clara y precisa la actuación del favorecido para la comisión de los delitos imputados.

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Datos de la sentencia

Expediente: 03958-2022-HC
Número de sentencia: 975/2023
Colegiado: Sala 2
Sentido de la resolución: Infundada / improcedente
Distrito judicial: Distrito Judicial de Ica
Fecha de emisión: 2023-10-27
Fecha de publicación: 2023-10-31
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Sala Penal de Apelaciones de Chincha y Pisco de la Corte Superior de Justicia de Ica
Palabras clave
Hábeas corpuscontenido constitucional protegido del derechopretensión de reexamen de lo decididocompetencia de la justicia ordinariadebida motivación
Tesauro
Acción de Habeas CorpusDerecho a la motivación

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Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 2, Sentencia 975/2023, Exp. 03958-2022-HC, 2023-10-27. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.