Sentencia 13/2025 · Exp. 03727-2022-AA
Sala 2 · Fundada · 2024-03-18
Fundamentos jurídicos relevantes
14. Por tanto, es posible acreditar el nexo de causalidad entre la enfermedad profesional de neumoconiosis y las labores realizadas, debido a que se ha demostrado que el actor si ha laborado en minas subterráneas o de tajo abierto desempeñando actividades de riesgo (extracción de minerales y otros materiales), por lo que es aplicable la presunción prevista en el precedente vinculante sentado en el fundamento 26 de la Sentencia 02513-2007-PA/TC.
15. En cuanto a la enfermedad de hipoacusia, el actor ha acreditado que trabajó expuesto a ruido intenso y repetido que sobrepase el rango permitido, pues su vida laboral minera sobrepasa los 35 años, y sus labores de perforista, bodeguero de almacén y despachador de mina, lo ha efectuado en asiento minero en el que estaba expuesto al ruido de la actividad. […]
17. En consecuencia, este Tribunal considera que en el presente caso ha quedado acreditado el nexo de causalidad entre las actividades laborales realizadas por el demandante con las enfermedades de neumoconiosis e hipoacusia que padece, correspondiendo estimar la demanda
Texto de la sentencia
tomado del PDF oficialNo se pudo leer el texto del PDF (dirección del PDF no permitida). Ábrelo en la fuente oficial.
