Sentencia 889/2024 · Exp. 03503-2023-HC
Sala 1 · Improcedente / Infundada · 2024-09-11
Fundamentos jurídicos relevantes
5. En el caso de autos, la recurrente en un extremo de la demanda alega que los hechos que se le imputan no corresponden al delito de cohecho pasivo impropio, por lo que no habría tipicidad para sentenciarla; y que no puede haber acusación alternativa con el delito de concusión. Es decir, se pretende que, vía el proceso de habeas corpus, la judicatura constitucional determine una indebida tipificación del delito, análisis que corresponde a la judicatura ordinaria. Por consiguiente, resulta de aplicación en este extremo el artículo 7, inciso 1 del Nuevo Código Procesal Constitucional. [...]
10. Revisado el contenido de la sentencia condenatoria, se aprecia que el requerimiento acusatorio ha explicado en forma precisa y clara el hecho imputado a la actora, respecto a pedir una dádiva por el ofrecimiento de un puesto de trabajo para un tercero, en su condición de jueza, situación que ha sido objeto de debate probatorio amplio, lo que ha originado la determinación de su responsabilidad. En efecto, se aprecia que, sobre la base de dicho requerimiento acusatorio, los jueces emplazados han emitido la sentencia condenatoria, realizando un desarrollo de los hechos imputados y contrastando los medios probatorios incorporados al proceso. Además de que se ha establecido en forma clara, el accionar desplegado por la demandante y la forma en que ha requerido la dádiva y la finalidad de ésta.
Texto de la sentencia
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