Sentencia 1/2025 · Exp. 03453-2023-AA
Sala 2 · Improcedente · 2024-11-18
Fundamentos jurídicos relevantes
4. De la revisión de autos se aprecia que el presunto acto lesivo, materializado en la prueba de polígrafo de carácter eliminatorio, cesó, ya que mediante el artículo 1 del Decreto Supremo 021-2019-IN, de fecha 20 de setiembre de 2019, fue modificado, entre otros, el artículo 70-A del Decreto Supremo 022-2017-IN, Reglamento del Decreto Legislativo 1318, decreto legislativo que regula la formación profesional de la Policía Nacional del Perú, y se estableció que la prueba del polígrafo ya no constituiría una evaluación eliminatoria por sí sola, sustituyéndola con la prueba de control y confianza, y una entrevista personal. […]
6. En ese sentido, de los actuados se constata que lo alegado por los actores en realidad no se refiere a un agravio al contenido constitucionalmente protegido de los derechos invocados, debido a que, al momento de la interposición de la demanda, el supuesto acto lesivo ya había cesado. Siendo ello así, la demanda de amparo interpuesta no alude a un agravio manifiesto al contenido constitucionalmente protegido de los derechos invocados y, por ende, debe ser desestimada.
7. Por consiguiente, la presente demanda debe ser desestimada en atención al artículo 7, inciso 1, del Nuevo Código Procesal Constitucional.
Texto de la sentencia
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