Sentencia 789/2023 · Exp. 03367-2022-HC
Sala 2 · Improcedente · 2023-06-21
Fundamentos jurídicos relevantes
4. En el presente caso, este Tribunal Constitucional observa que la resolución judicial cuya nulidad se solicita (f. 86), dictada por el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Florida de la Corte Superior de Justicia de Amazonas, por la cual se resolvió, entre otros, declarar infundado el sobreseimiento solicitado por el abogado de la defensa técnica de la recurrente, no incide en la libertad personal de la recurrente, pues no restringe ni amenaza su libertad personal, máxime si en la resolución cuestionada no se ha resuelto dictar en contra de la recurrente alguna medida restrictiva de la libertad como la prisión preventiva, el arresto domiciliario o la comparecencia restringida. Por el contrario, se advierte del requerimiento de acusación fiscal que la recurrente tiene mandato de comparecencia simple (f. 47).
5. En consecuencia, resulta de aplicación el artículo 7, inciso 1, del Nuevo Código Procesal Constitucional, toda vez que los hechos y el petitorio de la demanda no están referidos en forma directa al contenido constitucionalmente protegido del derecho invocado.
Texto de la sentencia
tomado del PDF oficialNo se pudo leer el texto del PDF (dirección del PDF no permitida). Ábrelo en la fuente oficial.
