Sentencia 862/2024 · Exp. 03234-2023-HC
Sala 2 · Infundada · 2024-07-02
Fundamentos jurídicos relevantes
8. Este Tribunal aprecia de lo expuesto en los literales a) a l) supra, que el favorecido contó con el asesoramiento de un abogado defensor. Inicialmente, fue asesorado por abogado particular, así como en la etapa de impugnación a través de los alegatos de apertura y clausura en la audiencia de apelación contra la sentencia condenatoria y luego, en la casi totalidad del proceso penal, estuvo asesorado por una defensora pública. Al respecto, del contenido y análisis de las actas de registro de audiencia de juicio oral, este Tribunal considera que la defensora pública realizó una defensa razonable del favorecido, sin que se pueda advertir que no haya actuado en forma diligente, ya que se evidencia diversa argumentación a favor del favorecido, realizó interrogatorios y contrainterrogatorios a los testigos y peritos, ofreció medios probatorios, se opuso a los del Ministerio Público, entre diversa actividad que redunda en la actividad diligente de aquella.
9. Es más, se advierte que se agotaron los recursos a fin de revertir la decisión de condena a través del correspondiente recurso de apelación y casación, por ende, no es cierta la afirmación del recurrente de que ni siquiera se ha desplegado una mínima actividad probatoria, y que no había conocimiento jurídico del proceso penal de parte de sus abogados.
10. En consecuencia, de lo expuesto este Colegiado concluye que no se acredita la alegada violación de los derechos al debido proceso, a la defensa eficaz y a la libertad personal, por lo que corresponde que la demanda sea declarada infundada.
Texto de la sentencia
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