Sentencia 1357/2023 · Exp. 02864-2022-HD
Sala 2 · Infundado · 2023-12-19
Fundamentos jurídicos relevantes
5. En el presente caso, a fojas 31 obra la Notificación 04-2019-SUNAT3Z3500, de fecha 3 de enero de 2019, expedida por la jefe de la División de Envíos, Entrega Rápida y Otros Regímenes, en la que se sostiene, respecto de la solicitud del demandante, que “los documentos solicitados no son parte del acervo documentario de la División de Envíos, Entrega Rápida y Otros Regímenes y por tanto no se encuentra el archivo de los mismos; más aun teniendo en cuenta que se trata de documentos generados por el mismo peticionario”.
6. De la revisión de autos y lo expuesto en el parágrafo precedente se desprende que la emplazada ha realizado diferentes actuaciones tendientes a brindar la información solicitada por el demandante, pero ésta no obra en los archivos de la entidad demandada. Además, no se verifica en el caso concreto algún elemento de juicio que genere verosimilitud de posibles extralimitaciones, entre otras actuaciones, en las que pudiera incurrir la entidad demandada en cuanto a la utilización de la información que se solicita. En consecuencia, el Tribunal Constitucional, al igual que en la sentencia emitida en el Expediente 02333-2022-PHD/TC (fundamento 6), considera que corresponde desestimar la demanda.
Texto de la sentencia
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