Sentencia 190/2023 · Exp. 02548-2022-HC
Pleno · Improcedente · 2023-03-17
Fundamentos jurídicos relevantes
5. En el presente caso, la norma cuya inaplicación solicita, el Decreto Supremo 179- 2021-PCM, modificó el Decreto Supremo 184-2020-PCM, que declaró el estado de emergencia nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia del Covid–19, y establece las medidas que debe seguir la ciudadanía en la nueva convivencia social. Al respecto, se aprecia del contenido de la citada normativa, que establece que las medidas adoptadas tendrán vigencia hasta el 2 de enero de 2022, además de advertirse otras medidas que –en la actualidad– no se encuentran vigentes, tales como la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios el sábado 25 de diciembre de 2021 y el 1 de enero de 2022.
6. En tal sentido, al no estar vigentes las normas cuya inaplicación se solicita en el caso de autos, no existe necesidad de emitir un pronunciamiento de fondo, al haberse producido la sustracción de la materia controvertida, conforme a lo dispuesto por el artículo 1 del Nuevo Código Procesal Constitucional.
7. De otro lado, respecto al cuestionamiento dirigido contra la aplicación de las vacunas por su supuesta ineficacia frente al Covid-19 y los efectos perjudiciales que surtirían, este Tribunal considera que este extremo debe ser dilucidado en un proceso que cuente con estación probatoria, lo que no ocurre en el proceso de habeas corpus, conforme se desprende del artículo 13 del Nuevo Código Procesal Constitucional.
Texto de la sentencia
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