Sentencia 1127/2024 · Exp. 02542-2023-AC
Sala 2 · Improcedente · 2024-08-21
Fundamentos jurídicos relevantes
8. Al respecto, en autos obra el auto de admisión de la demanda emitido por el Tercer Juzgado Civil de Piura en el Expediente 00629-2017-0-2001-JR-CI-03, de fecha 9 de noviembre de 2017, interpuesto por el Gobierno Regional de Piura contra IMPSAC, solicitando la nulidad de la Resolución Gerencial Regional 258-2014-GRP-GRSFLPR. De la consulta de causas del Poder Judicial se aprecia que mediante Resolución 32, de fecha 10 de abril de 2024, dicho juzgado declaró fundada la demanda y nula la mencionada Resolución Gerencial Regional 258-2014-GRP-GRSFLPR, por considerar que no cumple requisitos tales como las coordenadas usadas en el Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos pertenecen a otro predio y no fue tramitado por el Gobierno Regional, tal como lo exige la ley (fundamentos 20-23); el acta de inspección de campo no reúne los requisitos de ley y no existe la ficha catastral rural, entre otros. Dicha resolución ha sido materia de recurso de apelación con fecha 3 de mayo de 2024, por lo que, en la actualidad, la validez de la referida resolución se encuentra pendiente de revisión en la vía ordinaria.
9. En consecuencia, dado que el acto administrativo que dio origen a la adjudicación del predio del cual la recurrente reclama que se le notifique su valor y se termine el procedimiento respectivo, en virtud del artículo 13 del Decreto Supremo 026-2003-AG, se encuentra en revisión en otro proceso judicial: Por ende, no corresponde emitir pronunciamiento en estos autos, pues, en primer lugar, se debe definir judicialmente su validez, para, posteriormente, poder proseguir con las etapas que regula el invocado artículo 13. Por esta razón, corresponde desestimar la demanda, toda vez que el juez constitucional no puede avocarse o interferir en causas que se encuentran pendientes o en trámite ante otros órganos jurisdiccionales, en atención al inciso 2 del artículo 139 de la Constitución.
Texto de la sentencia
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