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Tribunal Constitucional

Sentencia 868/2024 · Exp. 02445-2023-HC

Sala 2 · Improcedente · 2024-06-11

Fundamentos jurídicos relevantes

5. En el presente caso, este Tribunal advierte de las afectaciones alegadas en la demanda que se invocan elementos tales como la valoración de las pruebas y su suficiencia en el proceso penal, la apreciación de hechos, la determinación de la responsabilidad y la aplicación del Acuerdo Plenario 4-2015/CIJ-116 al caso concreto, los cuales son susceptibles de ser determinados por la judicatura ordinaria conforme a reiterada jurisprudencia de este Tribunal sobre la materia. En efecto, los cuestionamientos se refieren, básicamente, a la valoración de la declaración de las menores agraviadas (proceso penal) en la cámara Gesell y de sus progenitoras, así como de las pericias psicológicas practicadas a las menores. Además, se hace referencia a la inocencia del actor, a la valoración de los hechos, así como la aplicación de un acuerdo plenario al caso concreto. Por consiguiente, resulta de aplicación el artículo 7, inciso 1, del Nuevo Código Procesal Constitucional.

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Datos de la sentencia

Expediente: 02445-2023-HC
Número de sentencia: 868/2024
Colegiado: Sala 2
Sentido de la resolución: Improcedente
Distrito judicial: Distrito Judicial de Cajamarca
Fecha de emisión: 2024-06-11
Fecha de publicación: 2024-07-31
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cajamarca y otro
Palabras clave
Hábeas corpuscontenido constitucional protegido del derechocompetencia de la justicia ordinaria
Tesauro
Acción de Habeas Corpus

Sentencia en PDF

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Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 2, Sentencia 868/2024, Exp. 02445-2023-HC, 2024-06-11. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.