Inicio › Jurisprudencia › Sentencia 555/2023 · Exp. 02270-2022-HC
Tribunal Constitucional

Sentencia 555/2023 · Exp. 02270-2022-HC

Sala 2 · Fundada · 2023-07-07

Fundamentos jurídicos relevantes

9. Si bien el demandado alega que ha colocado dicha puerta por motivos de seguridad, también afirma expresamente que cuando ingresa a su inmueble la cierra con candado, evitando el ingreso de la demandante al pequeño patio que da acceso a su inmueble. Además, se advierte que la decisión de colocar dicha puerta metálica ha sido unilateral, sin coordinación previa con los demás copropietarios, por lo que tal determinación afecta el derecho al libre tránsito de la demandante a su propiedad y a un patio de uso común.

10. Conforme a lo expuesto, ha quedado plenamente acreditada la afectación al libre tránsito de la favorecida, dado que el demandado ha colocado arbitrariamente una puerta metálica con cerrojo, limitando el tránsito libre a su inmueble y a un espacio de uso común de la beneficiaria.

Selección del propio Tribunal Constitucional en su buscador de jurisprudencia.

Texto de la sentencia

tomado del PDF oficial

No se pudo leer el texto del PDF (dirección del PDF no permitida). Ábrelo en la fuente oficial.

Lectura automática del PDF: puede tener errores de formato y los nombres de personas se ocultan de forma aproximada. El documento válido es el oficial.

Datos de la sentencia

Expediente: 02270-2022-HC
Número de sentencia: 555/2023
Colegiado: Sala 2
Sentido de la resolución: Fundada
Distrito judicial: Distrito Judicial de Cusco
Fecha de emisión: 2023-07-07
Fecha de publicación: 2023-07-21
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: [nombre omitido]
Palabras clave
Derecho a la libertad de tránsito
Tesauro
Libertad de tránsito

Sentencia en PDF

Las sentencias no tienen protección de derecho de autor si se cita la fuente (DL 822, art. 9). Datos copiados del buscador público del Tribunal Constitucional.

Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 2, Sentencia 555/2023, Exp. 02270-2022-HC, 2023-07-07. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.