Sentencia 178/2025 · Exp. 02255-2024-AA
Sala 2 · Infundada / improcedente · 2025-03-06
Fundamentos jurídicos relevantes
9. Ahora bien, es preciso recalcar que, para acceder a la devolución de los aportes a la que hace referencia el artículo 22 de la Ley 24686, modificado por el artículo único de la Ley 31826, el aportante deberá cumplir dos condiciones; la primera, que se encuentre en situación de retiro; y, la segunda, que haya adquirido dicha condición sin haber sido beneficiado por el Fondo.
10. En el presente caso, conforme a lo antes aludido, el actor no cumple la primera condición para acceder a la devolución de los aportes reclamados, pues aún se encuentra en actividad, razón por la cual no resulta posible atender lo peticionado.
11. Siendo ello así,se deja a salvo el derecho del demandante de poder solicitar la devolución de lo retenido por el Fovipol antes del 31 de enero de 2023 al momento de pasar a la situación de retiro, en la medida en que cumpla las condiciones establecidas en el artículo 22 de la Ley 24686, en la vía legal pertinente.
Texto de la sentencia
tomado del PDF oficialNo se pudo leer el texto del PDF (dirección del PDF no permitida). Ábrelo en la fuente oficial.
