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Tribunal Constitucional

Sentencia 110/2023 · Exp. 02133-2022-HC

Sala 2 · Improcedente · 2023-04-14

Fundamentos jurídicos relevantes

7. Este Tribunal, respecto a la afectación del derecho de defensa por parte de un abogado de elección, ha hecho notar que el reexamen de estrategias de defensa de un abogado de libre elección, la valoración de su aptitud al interior del proceso penal y la apreciación de la calidad de defensa de un abogado particular, como en el caso de autos, se encuentran fuera del contenido constitucionalmente protegido del derecho de defensa, por lo que no corresponde analizarlos vía el proceso constitucional de habeas corpus (Sentencias emitidas en los expedientes 01652-2019-PHC/TC; 03965-2018-PHC/TC).

8. Por consiguiente, dado que la reclamación del recurrente no está referida al contenido constitucionalmente protegido del derecho tutelado por el habeas corpus, resulta de aplicación el artículo 7, inciso 1, del Nuevo Código Procesal Constitucional.

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Datos de la sentencia

Expediente: 02133-2022-HC
Número de sentencia: 110/2023
Colegiado: Sala 2
Sentido de la resolución: Improcedente
Distrito judicial: Distrito Judicial de Huancavelica
Fecha de emisión: 2023-04-14
Fecha de publicación: 2023-04-28
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Angaraes de Corte Superior de Justicia de Huancavelica y otros
Palabras clave
Hábeas corpuscontenido constitucional protegido del derechoDerecho de defensa
Tesauro
Derecho a la defensa

Sentencia en PDF

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Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 2, Sentencia 110/2023, Exp. 02133-2022-HC, 2023-04-14. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.