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Tribunal Constitucional

Sentencia 1540/2024 · Exp. 02045-2023-AA

Sala 2 · Improcedente · 2024-11-18

Fundamentos jurídicos relevantes

2. En cuanto a la nulidad de la Resolución Coactiva y de los Requerimientos Tributarios 0626-2019-GR-SGRCT-MPB y 01612-2019-GR-SGRCTMPB, este Tribunal estima que la demanda fue interpuesta fuera del plazo de prescripción establecido en el artículo 45 del Código Procesal Constitucional. Al respecto, se advierte que las actuaciones fueron impugnadas en los meses de enero, setiembre y noviembre de 2019, respectivamente; mientras que la demanda fue incoada el 25 de junio de 2021, esto es, aproximadamente dos años después de que se produjera la supuesta vulneración de los derechos alegados por el demandante. Por tanto, en cuanto a este extremo corresponde declarar la improcedencia de la demanda. [...]

6. En opinión de este Tribunal, el proceso contencioso-administrativo cuenta con una estructura idónea para la revisión de la pretensión planteada por la parte demandante. Es una vía célere y eficaz donde puede evaluarse las presuntas arbitrariedades que —según el dicho del recurrente— se habrían producido tras la decisión de la administración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4, inciso 4, de la Ley del Proceso Contencioso Administrativo.

7. Aunado a ello, debe señalarse que, durante el trámite del presente proceso, el demandante no ha acreditado la existencia de un riesgo de irreparabilidad de los derechos invocados en caso de que se transite por la vía del proceso contencioso-administrativo o que exista alguna circunstancia que evidencie la necesidad de brindar tutela urgente a los derechos invocados. Por ende, de conformidad con el artículo 7, inciso 2, del Nuevo Código Procesal Constitucional, se debe desestimar la demanda.

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Datos de la sentencia

Expediente: 02045-2023-AA
Número de sentencia: 1540/2024
Colegiado: Sala 2
Sentido de la resolución: Improcedente
Distrito judicial: Distrito Judicial de Huaura
Fecha de emisión: 2024-11-18
Fecha de publicación: 2024-11-27
Demandante: Centro Educativo de Gestión no Estatal (CEGNE) Las Palmas Nueva Esperanza EIRL
Demandado: Municipalidad Provincial de Barranca
Palabras clave
Proceso de Amparoplazo de interposición de demandavía igualmente satisfactoriaejecución coactiva
Tesauro
Acción de Amparo

Sentencia en PDF

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Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 2, Sentencia 1540/2024, Exp. 02045-2023-AA, 2024-11-18. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.