Sentencia 1630/2024 · Exp. 01774-2024-HC
Sala 2 · Improcedente / Infundada · 2024-10-03
Fundamentos jurídicos relevantes
9. En efecto, la recurrente considera que el tipo penal por el que el favorecido fue condenado no es el correcto, porque se alega que el hecho materia de acusación había quedado en grado de tentativa; que no se ha tenido en cuenta la eximente incompleta de embriaguez acreditada con la declaración testimonial del efectivo policial Benji Daniel Anticona Sarzo; que tenía 20 años de edad; que no registraba antecedentes penales ni judiciales y que la pena impuesta es excesiva; es decir, que se cuestiona el quantum de la pena, y se alega también que no se ha tenido presente el Acuerdo Plenario 05-2009/CJ-116.
10. Estos cuestionamientos no revisten una suficiente relevancia constitucional que permita a este Tribunal emitir una sentencia de fondo respecto a la prueba con relación a dichas alegaciones; y esa es la razón concreta por la que se declara improcedente la pretensión del recurrente.
11. Por consiguiente, puesto que la reclamación del favorecido no está referida al contenido constitucionalmente protegido del derecho tutelado por el habeas corpus, respecto de lo señalado en los fundamentos 4-10 supra, resulta de aplicación el artículo 7, inciso 1, del Nuevo Código Procesal Constitucional. [...]
14. Al respecto, se verifica de los escritos de apersonamiento, de la Resolución 2, de fecha 1 de setiembre de 2023, del escrito mediante el cual se solicitó la terminación anticipada y de las Actas de Registro de Audiencia de Control de Acusación, de fechas 19 y 21 de setiembre de 2023, que don [nombre omitido] eligió como defensa técnica al abogado Wilson Wílmer Muñoz Oscategui. Por ende, no se advierte vulneración al derecho de defensa en el aspecto relacionado con la defensa técnica, ya que el favorecido contó en todo momento con el asesoramiento y patrocinio del abogado que eligió. [...]
22. Por lo expuesto, este Tribunal declara que no se ha acreditado la vulneración de los derechos de defensa y al debido proceso en conexidad con el derecho a la libertad personal de don [nombre omitido] con la emisión de la Resolución 6, de fecha 21 de setiembre de 2023, a través de la cual el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de La Merced aprobó el acuerdo de terminación anticipada y condenó al favorecido por la comisión del delito de robo agravado. Por consiguiente, corresponde declarar infundado este extremo de la demanda.
Texto de la sentencia
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