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Tribunal Constitucional

Sentencia 282/2023 · Exp. 01695-2021-AA

Sala 1 · Fundada · 2023-05-26

Fundamentos jurídicos relevantes

14. Siendo así, habiéndose determinado que el demandante estuvo protegido durante su actividad laboral por los beneficios del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo a cargo de la Oficina de Normalización Previsional, le corresponde a esta entidad otorgar al demandante una pensión de invalidez permanente parcial de acuerdo con lo establecido en el artículo 18.2.1 del Decreto Supremo 003-98-SA, que define la invalidez permanente parcial como la disminución de la capacidad para el trabajo en una proporción igual o superior al 50 %, pero inferior a los dos tercios (66.66 %). Por tanto, la pensión que se otorgue será equivalente al 50 % de su remuneración mensual, entendida esta como el promedio de las remuneraciones asegurables de los 12 meses anteriores a la fecha del siniestro. Asimismo, en cuanto a la fecha en que se genera el derecho, este Tribunal estima que la contingencia debe establecerse desde la fecha del pronunciamiento médico que acredita la existencia de la enfermedad profesional.

15. Respecto a los intereses legales, este Tribunal, mediante auto emitido en el Expediente 02214-2014-PA/TC ha precisado en calidad de doctrina jurisprudencial, aplicable a los procesos judiciales en trámite o en etapa de ejecución de sentencia, que el interés legal aplicable en materia pensionaria no es capitalizable conforme al artículo 1249 del Código Civil.

16. Finalmente, los costos procesales deben ser abonados de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 del Código Procesal Constitucional.

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Texto de la sentencia

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Datos de la sentencia

Expediente: 01695-2021-AA
Número de sentencia: 282/2023
Colegiado: Sala 1
Sentido de la resolución: Fundada
Distrito judicial: Distrito Judicial de Junín
Fecha de emisión: 2023-05-26
Fecha de publicación: 2023-06-27
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Oficina de Normalización Previsional (ONP)
Palabras clave
Derecho a la pensiónpensión de invalidez por enfermedad profesionalinvalidez permanente parcialpago de intereses legalespago de costos del proceso
Tesauro
Pensión de jubilaciónPensión de invalidezEnfermedad profesionalInvalidez permante parcial

Sentencia en PDF

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Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 1, Sentencia 282/2023, Exp. 01695-2021-AA, 2023-05-26. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.