Sentencia 388/2024 · Exp. 01462-2023-HC
Sala 1 · Improcedente/Fundada · 2024-05-13
Fundamentos jurídicos relevantes
15. En efecto, en el caso de autos, observamos que el recurrente ha sido sentenciado por el mismo delito que le fue imputado por el Ministerio Público (igual calificación jurídica), pero la variación se presentó en cuanto al título de la imputación. Específicamente, se le atribuyó finalmente la calidad de autor cuando inicialmente fue acusado a título de cómplice primario.
16. En ese sentido, no se consideró que dicha variación no favorecía al demandante, porque las consecuencias de un delito en grado de autor pueden ser mayores que las de un delito en grado de cómplice. Por esa razón, se debió garantizar el derecho de defensa del demandante y seguir el procedimiento establecido en el artículo 374, inciso 1 del Nuevo Código Procesal Penal, a fin de que pudiera rebatir la apreciación del juzgado y presentar las pruebas de descargo que considerara convenientes. [...]
19. Se concluye entonces que en el presente caso se ha vulnerado el principio de congruencia entre la acusación fiscal y la sentencia, así como el derecho de defensa. En razón de que el accionante fue acusado inicialmente como cómplice primario del delito de cohecho pasivo propio, pero finalmente fue condenado a título de autor, sin que tenga oportunidad de cuestionar esta nueva calificación jurídica.
20. En ese sentido, corresponde declarar la nulidad parcial de la Sentencia 25-2018, Resolución 59-2018, de fecha 2 de marzo de 2018, únicamente en el extremo que condenó a don [nombre omitido] como autor del delito contra la administración pública, en su modalidad de corrupción de funcionarios, en su forma de cohecho pasivo propio y le impuso ocho años y ocho meses de pena privativa de la libertad y nula la Sentencia de Vista 60-2018, Resolución 75-2018, de fecha 22 de junio de 2018 20, en el extremo que confirmó la precitada sentencia.
Texto de la sentencia
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