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Tribunal Constitucional

Sentencia 509/2024 · Exp. 01448-2023-AC

Sala 2 · Infundada · 2024-02-16

Fundamentos jurídicos relevantes

16. En resumen y quedando perfectamente acreditado que lo dispuesto en los artículos 2 y 3 de la Ley 27600 fue concretizado en los hechos y en todos sus extremos, los alcances de las referidas normas cumplieron su propósito, descartándose de plano que lo dispuesto en sus contenidos haya generado consecuencias sine die tal y como lo pretende la demandante.

17. Este Colegiado por último y al emitir la presente sentencia deja perfectamente en claro que el debate planteado no tiene nada que ver con la vigencia de las normas exigidas mediante el presente proceso, sino con la constatación de su efectivo cumplimiento, situación que a la luz de las consideraciones anteriormente expuestas ha quedado claramente evidenciada.

18. Por las consideraciones expuestas y no habiéndose apreciado incumplimiento alguno en las normas invocadas la presente demanda resulta infundada en todos sus extremos.

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Texto de la sentencia

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Datos de la sentencia

Expediente: 01448-2023-AC
Número de sentencia: 509/2024
Colegiado: Sala 2
Sentido de la resolución: Infundada
Distrito judicial: Distrito Judicial de Apurímac
Fecha de emisión: 2024-02-16
Fecha de publicación: 2024-05-31
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso del periodo legislativo 2020-2021
Palabras clave
Proceso de cumplimientoCumplimiento de norma legalreforma total de la constitución
Tesauro
Acción de cumplimientoReforma de la Constitución

Sentencia en PDF

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Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 2, Sentencia 509/2024, Exp. 01448-2023-AC, 2024-02-16. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.