Sentencia 1164/2024 · Exp. 01407-2023-AA
Sala 1 · Improcedente · 2024-11-27
Fundamentos jurídicos relevantes
9. De la documentación presentada por la demandante no es posible concluir si el accidente que sufrió ocurrió durante el desempeño de sus funciones como trabajadora del Gobierno Regional de Moquegua o no. De otro lado, la actora tampoco ha demostrado el nexo causal, es decir, que el origen de las enfermedades que padece sea ocupacional o derivado de la actividad laboral de riesgo realizada. La accionante manifiesta que sufrió un accidente el día 14 de agosto de 2014, cuando se encontraba laborando, suceso que le produjo el referido padecimiento; sin embargo, conforme lo dispone el artículo 17 del Decreto Supremo 003-98-SA, no ha cumplido con presentar el documento denominado "aviso de accidente de trabajo", con el fin de acreditar que las enfermedades de hernia núcleo pulposo, hipoacusia conductiva leve bilateral y lumbo-ciática que padece son consecuencia del mencionado accidente.
10. Por consiguiente, este Tribunal considera que el presente caso plantea una controversia que corresponde discernir en la vía ordinaria, que cuenta con etapa probatoria, de la cual carece el proceso de amparo, conforme se señala en el artículo 13 del Nuevo Código Procesal Constitucional; por lo tanto, queda expedita la vía para que se acuda al proceso a que hubiere lugar.
Texto de la sentencia
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