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Tribunal ConstitucionalSentencia 237/2024 · Exp. 01240-2023-HC
Pleno · Improcedente · 2024-09-23
Fundamentos jurídicos relevantes
6. Así las cosas, es obvio inferir que, a la fecha de interposición de la demanda (13 de octubre de 2022), no se había resuelto el recurso de casación excepcional formulado por la defensa técnica del recurrente, lo que ocurrió mucho después, durante la tramitación del presente habeas corpus. Por tanto, no se cumple con el requisito de firmeza establecido en el artículo 9 del Nuevo Código Procesal Constitucional.
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Texto de la sentencia
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Datos de la sentencia
Expediente: 01240-2023-HC
Número de sentencia: 237/2024
Colegiado: Pleno
Sentido de la resolución: Improcedente
Distrito judicial: Distrito Judicial de Huánuco
Fecha de emisión: 2024-09-23
Fecha de publicación: 2024-11-28
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Sala Penal de Apelaciones Supraprovincial de Corrupción de Funcionarios Sede Central - Huánuco y otro
Palabras clave
Procedencia del habeas corpusresolución judicial firme
Tesauro
Acción de Habeas Corpus
Sentencia en PDF
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Citar como
Tribunal Constitucional del Perú, Pleno, Sentencia 237/2024, Exp. 01240-2023-HC, 2024-09-23. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.
