Sentencia 400/2022 · Exp. 01238-2022-HC
Sala 2 · Infundada · 2022-11-03
Fundamentos jurídicos relevantes
8. Sobre el cuestionamiento del recurrente en el sentido de que la acusación se centró única y exclusivamente en el artículo 189, primer párrafo, incisos 2 y 4, concordante con el artículo 188 del Código Penal; que, sin embargo, consta en el rubro “JUICIO DE SUBSUNCIÓN”, exactamente en el ítem “JUICIO DE TIPICIDAD”, que las circunstancias agravantes concurrentes están prescritas en el artículo 189, primer párrafo, incisos 2 y 3, siendo durante la noche y con el concurso de dos personas, este Tribunal advierte que se trata de un error material que no incide en el contenido constitucionalmente protegido de los derechos invocados. [...]
10. Sentado lo anterior, queda claro que las resoluciones judiciales cuestionadas no vulneraron el derecho fundamental a la debida motivación de las resoluciones, pues expresaron las razones que justifican la decisión que en cada instancia penal se adoptó.
Texto de la sentencia
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