Sentencia 647/2024 · Exp. 01093-2021-AA
Sala 2 · Infundada · 2023-04-11
Fundamentos jurídicos relevantes
11. Se aprecia de autos que el demandante, a efectos de acreditar las enfermedades de las cuales adolece, adjuntó copia legalizada del Certificado médico n.° 167-2016, de fecha 4 de agosto de 2016, emitido por la comisión médica del Hospital Eleazar Guzmán Barrón Nuevo Chimbote, en el cual se consigna que padece de neumoconiosis e hipoacusia neurosensorial bilateral profunda con 64% de menoscabo global; asimismo, y para respaldar el indicado certificado médico, se remitió la Historia Clínica n.° 0423148, la cual no contiene las pruebas auxiliares correspondientes que sustenten el diagnóstico emitido en cuanto a la enfermedades profesionales, tales como la prueba de potenciales evocados para la determinación de la enfermedad ocupacional de hipoacusia y la caminata de seis minutos. Además, se advierten incongruencias, porque adjunta una prueba de espirometría, en la que se consigna “espirometría normal”, que no sustentan válidamente la historia clínica. [...]
13. Sin embargo, conforme a lo precisado en el fundamento 10 supra, la historia clínica no se encuentra debidamente sustentada; por tanto, el certificado médico que adjuntó la parte demandante carece de valor probatorio.
14. Por consiguiente, en el presente caso, se contraviene el precedente establecido en la sentencia emitida en el Expediente 05134-2022-PA/TC, por lo que corresponde desestimar la demanda.
Texto de la sentencia
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