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Tribunal Constitucional

Sentencia 1292/2024 · Exp. 00944-2023-HD

Sala 1 · Infundada · 2024-12-09

Fundamentos jurídicos relevantes

7. Sin perjuicio de lo expuesto, en relación con la solicitud del recurrente para que la emplazada le entregue copias certificadas del directorio telefónico de dicha entidad a nivel nacional y actualizada, información que ya ha sido entregada en copias simples, es importante advertir que conforme ha sido señalado en recientes pronunciamientos (sentencia recaída en el Expediente 02333-2022-PHD/TC, fundamento 9; criterio reiterado en la Sentencia del Expediente 02679-2022-PHD/TC, fundamento 9), este Tribunal considera que la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública no hace referencia alguna a la obligación de entregar información certificada como pretende el demandante. Eso explica que el Decreto Supremo 007-2024-JUS, Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, prescriba, en su artículo V.5.7, que están excluidos de su ámbito de aplicación “Los pedidos de entrega de copias certificadas o fedateadas, los que se rigen por el procedimiento diseñado para tales efectos por las entidades y la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General”.

8. Más aún, se debe tener presente que en el caso de autos la emplazada no se ha negado a entregar la información requerida, toda vez que cumplió – aunque de forma extemporánea– con la atención del requerimiento a través de la Carta 003-2019-SUNAT/1U0000, de fecha 10 de junio de 2019, que obra en autos, documento que ha sido merituado en su momento por la Sala Superior.

9. En este caso, la exigencia de entrega de información en copias certificadas excede la obligación prevista en la ley, por lo que este Tribunal considera que la forma en que la información requerida ha sido puesta a disposición del demandante resulta idónea conforme a los documentos normativos previamente citados, por lo que no se advierte vulneración alguna al derecho fundamental alegado. En consecuencia, corresponde desestimar la demanda.

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Texto de la sentencia

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Datos de la sentencia

Expediente: 00944-2023-HD
Número de sentencia: 1292/2024
Colegiado: Sala 1
Sentido de la resolución: Infundada
Distrito judicial: Distrito Judicial de Lima
Fecha de emisión: 2024-12-09
Fecha de publicación: 2025-02-04
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat)
Palabras clave
Hábeas dataDerecho de acceso a la información públicacontenido constitucionalmente protegido
Tesauro
Habeas DataSolicitud de información a entidades públicas

Sentencia en PDF

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Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 1, Sentencia 1292/2024, Exp. 00944-2023-HD, 2024-12-09. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.