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Tribunal Constitucional

Sentencia 30/2023 · Exp. 00897-2022-HC

Sala 1 · Improcedente · 2023-01-20

Fundamentos jurídicos relevantes

4. Sobre el particular, este Tribunal advierte que los hechos cuestionados referidos a la presunta afectación del derecho a la integridad personal de la favorecida en realidad se encuentran referidos a un conflicto familiar y patrimonial, lo que debe ser dilucidado por la judicatura ordinaria en los procesos civiles que se encuentran en trámite conforme se señala en la demanda.

5. Asimismo, de los actuados no se aprecian elementos que generen verosimilitud respecto a una posible amenaza o vulneración de la libertad personal ni de los derechos conexos de la favorecida alegados por el recurrente; máxime si el juez de primera instancia refiere que en la diligencia Constatación Domiciliaria, advirtió que la favorecida se expresa con normalidad (f. 230).

6. Por consiguiente, la demanda de habeas corpus interpuesta no está relacionada con el contenido constitucionalmente protegido del derecho a la libertad personal, tal como lo prescribe el artículo 7, inciso 1 del Nuevo Código Procesal Constitucional.

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Datos de la sentencia

Expediente: 00897-2022-HC
Número de sentencia: 30/2023
Colegiado: Sala 1
Sentido de la resolución: Improcedente
Distrito judicial: Distrito Judicial de San Martín
Fecha de emisión: 2023-01-20
Fecha de publicación: 2023-03-23
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: [nombre omitido]
Palabras clave
Hábeas corpuscontenido constitucionalmente protegidoDerecho a la libertad personal
Tesauro
Acción de Habeas CorpusDerecho a la libertad

Sentencia en PDF

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Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 1, Sentencia 30/2023, Exp. 00897-2022-HC, 2023-01-20. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.