Sentencia 75/2025 · Exp. 00845-2023-HC
Sala 1 · Improcedente · 2025-01-30
Fundamentos jurídicos relevantes
5. En el caso concreto, como se describió en los antecedentes, si bien la parte demandante alega la vulneración del derecho a la motivación de resoluciones judiciales y otros derechos, en puridad, pretende el reexamen de lo resuelto en sede judicial. [...]
8. De lo expuesto, en el caso en concreto, se advierte que se cuestionan elementos tales como la valoración de las pruebas y su suficiencia, así como el criterio de los juzgadores aplicados al caso concreto; los mismos que resultan incompatibles con la naturaleza del proceso constitucional de habeas corpus, pues recaen sobre asuntos que le corresponde dilucidar a la justicia penal ordinaria tal y como ha sido realizado a través de las resoluciones cuestionadas.
9. En consecuencia, teniendo presente que los argumentos del recurrente no están referidos al contenido constitucionalmente protegido del derecho tutelado por el habeas corpus, la demanda debe declararse improcedente de conformidad con el artículo 7, inciso 1 del Nuevo Código Procesal Constitucional.
Texto de la sentencia
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