Inicio › Jurisprudencia › Sentencia 683/2024 · Exp. 00767-2023-AA
Tribunal Constitucional

Sentencia 683/2024 · Exp. 00767-2023-AA

Sala 2 · Improcedente · 2024-04-12

Fundamentos jurídicos relevantes

10. El demandante, a fin de poder acreditar el nexo de causalidad entre las labores que realizó y la enfermedad de hipoacusia, ha presentado el certificado de trabajo emitido por Corporación Aceros Arequipa S.A., en el que se indica que laboró desde el 2 de julio de 1984 hasta el 31 de julio de 2018, desempeñando el cargo de registrador en la Superintendencia de Laminación, el área de Laminación I y plantas acabadoras Planta 2 Pisco.

11. Sin embargo, ni de los cargos y las labores desempeñados por el recurrente en el Área de Laminación, ni de la documentación obrante en autos es posible concluir que durante su relación laboral haya estado expuesto a ruido intenso y repetido que le haya causado la enfermedad de hipoacusia neurosensorial bilateral.

12. Atendiendo a lo expuesto, este Tribunal juzga que la presente controversia debe ser dilucidada en un proceso que cuente con etapa probatoria, por lo que queda expedita la vía para que el actor acuda al proceso a que hubiere lugar.

Selección del propio Tribunal Constitucional en su buscador de jurisprudencia.

Texto de la sentencia

tomado del PDF oficial

No se pudo leer el texto del PDF (dirección del PDF no permitida). Ábrelo en la fuente oficial.

Lectura automática del PDF: puede tener errores de formato y los nombres de personas se ocultan de forma aproximada. El documento válido es el oficial.

Datos de la sentencia

Expediente: 00767-2023-AA
Número de sentencia: 683/2024
Colegiado: Sala 2
Sentido de la resolución: Improcedente
Distrito judicial: Distrito Judicial de Lima
Fecha de emisión: 2024-04-12
Fecha de publicación: 2024-06-25
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Rímac Internacional Compañía de Seguros y Reaseguros SA
Palabras clave
Proceso de Amparoetapa probatoriaDerecho a la pensiónpensión de invalidezenfermedad profesionalnexo causal
Tesauro
Acción de AmparoPensión de jubilaciónPensión de invalidezEnfermedad profesionalNexo causal

Sentencia en PDF

Las sentencias no tienen protección de derecho de autor si se cita la fuente (DL 822, art. 9). Datos copiados del buscador público del Tribunal Constitucional.

Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 2, Sentencia 683/2024, Exp. 00767-2023-AA, 2024-04-12. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.