Sentencia 391/2025 · Exp. 00713-2024-AA
Sala 2 · Infundada · 2025-05-09
Fundamentos jurídicos relevantes
12. De lo antes expuesto, a consideración de este Alto Tribunal, se evidencia que la disposición fiscal materia de cuestionamiento ha justificado fáctica y jurídicamente su decisión de confirmar la no formalización de la investigación preparatoria por los delitos de abuso de autoridad y usurpación agravada; ya que se explicó de manera suficiente las razones por las cuales existía una atipicidad de los hechos denunciados, en tanto, de la revisión de la denuncia y de los elementos de convicción encontrados en la carpeta fiscal, no se advertía una perturbación a la posesión de la recurrente para configurar los delitos, más si la ejecución de la obra tenía sustento en un procedimiento administrativo previo, por lo que, en caso no se encontrase de acuerdo a la decisión arribada, podía recurrir a la vía extra penal correspondiente. Por tanto, con el argumento de que no se consideraron los hechos y documentos presentados, la recurrente manifiesta principalmente su disconformidad con la interpretación efectuada por los fiscales demandados, inclusive, al realizar la interpretación sobre estos hechos afirmando que existe delito, por lo que debió continuarse con la investigación, denota un cuestionamiento a la valoración de la atipicidad y aplicación normativa a los hechos denunciados, siendo que tal razonamiento no es materia de análisis para este Alto Tribunal, pues no es labor de la justicia constitucional el subrogar la función fiscal del Ministerio Público en su labor de conducir la investigación del delito como titular de la acción penal, mucho menos el analizar la comprensión que realice sobre la tipificación del delito frente a los hechos que denotan de su investigación.
Texto de la sentencia
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