Sentencia 836/2024 · Exp. 00679-2023-HC
Sala 2 · Improcedente / Infundada · 2024-06-13
Fundamentos jurídicos relevantes
7. En el caso concreto, como se describió en los antecedentes, si bien la parte demandante alega la vulneración de los derechos al debido proceso, a la motivación de resoluciones judiciales y otros, en puridad, pretende el reexamen de lo resuelto en sede judicial. [...]
9. Estas razones no revisten una suficiente relevancia constitucional que permita a este colegiado emitir una sentencia de fondo respecto a la prueba con relación a dichas alegaciones; y esa es la razón concreta por la que se declara improcedente la pretensión del recurrente.
10. Por consiguiente, este extremo de la demanda debe declararse improcedente de conformidad con el artículo 7, inciso 1, del Nuevo Código Procesal Constitucional. [...]
13. En consecuencia, los argumentos vertidos por la parte demandante para impugnar las resoluciones cuestionadas deben ser rechazados, porque han cumplido con sustentar debidamente lo referido a la aplicación de la agravante del delito de tráfico ilícito de drogas, posesión de pasta básica de cocaína con fines de comercialización, pues como se advierte de la parte resolutiva de la sentencia condenatoria, numerales 1 y 2, junto con la recurrente se condenó a don [nombre omitido] y doña [nombre omitido] tanto, este extremo de la demanda debe ser declarado infundado.
Texto de la sentencia
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