Sentencia 614/2025 · Exp. 00645-2023-HC
Sala 1 · Improcedente / Infundada · 2025-04-15
Fundamentos jurídicos relevantes
8. De lo expuesto, tales cuestionamientos se vinculan con la valoración de las pruebas y su suficiencia, así como el criterio de los juzgadores aplicados al caso concreto. Empero, dichos cuestionamientos resultan incompatibles con la naturaleza del proceso constitucional de habeas corpus, pues aluden a asuntos que le corresponde dilucidar a la judicatura penal ordinaria
9. También se ha cuestionado la determinación de la pena que se impuso al favorecido, alegando que se ha aplicado una pena que vulnera el principio de proporcionalidad. […]
12. En consecuencia, teniendo presente que los argumentos del recurrente no están referidos al contenido constitucionalmente protegido del derecho tutelado por el habeas corpus, la demanda debe declararse improcedente en virtud de lo previsto en el inciso 1 del artículo 7 del Nuevo Código Procesal Constitucional. [...]
16. Tal como se aprecia, el demandante efectuó un cuestionamiento similar ‒sobre la falta de congruencia‒ en sede del proceso penal subyacente, sin embargo, la Sala Penal lo desestimó en virtud de que no se incorporaron nuevos hechos tal como alega el recurrente sino, por el contrario, dicho órgano jurisdiccional procedió con la valoración de la declaración de la parte agraviada a los efectos de determinar la responsabilidad penal por el delito imputado. Siendo así, este Tribunal advierte que lo que realmente cuestiona el recurrente es la valoración a lo declarado por los agraviados sobre el dicho de la madre del favorecido cuando estaban en el hospital. [...]
21. En mérito a lo expuesto, no se ha acreditado la vulneración del principio de congruencia entre lo acusado y condenado; por lo que, corresponde desestimar este extremo de la demanda.
Texto de la sentencia
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