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Tribunal Constitucional

Sentencia 1055/2024 · Exp. 00515-2024-HC

Sala 2 · Improcedente · 2024-10-02

Fundamentos jurídicos relevantes

8. En el presente caso, este Tribunal Constitucional aprecia que el requerimiento de acusación directa de fecha 6 de agosto de 2023, así como la investigación fiscal seguida contra el recurrente no determinan ni restringen el derecho a la libertad personal, tanto es así que incluso el requerimiento fiscal para que el juzgador penal imponga al investigado determinada medida restrictiva de la libertad, en sí mismo, no incide en una afectación negativa, concreta y directa al derecho a la libertad personal materia de tutela del proceso constitucional de habeas corpus.

9. De igual modo, la citación para la audiencia de control acusación directa efectuada mediante el punto 4 resolutivo de la Resolución 1, de fecha 18 de setiembre de 2023, así como las disposiciones de admisión a trámite del requerimiento de acusación directa y de tener por formulada dicha acusación, respectivamente, indicadas en los puntos 1 y 3 resolutivos de la citada resolución judicial, no agravian de manera concreta y directa el derecho constitucional a la libertad personal.

10. Por consiguiente, la demanda debe ser declarada improcedente en aplicación de la causal de improcedencia contenida en el artículo 7, inciso 1, del Nuevo Código procesal Constitucional.

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Datos de la sentencia

Expediente: 00515-2024-HC
Número de sentencia: 1055/2024
Colegiado: Sala 2
Sentido de la resolución: Improcedente
Distrito judicial: Distrito Judicial de Ica
Fecha de emisión: 2024-10-02
Fecha de publicación: 2024-10-25
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Tercer Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ica
Palabras clave
Hábeas corpuscontenido constitucionalmente protegido del derechoDerecho a la libertad personal
Tesauro
Acción de Habeas CorpusDerecho a la libertad

Sentencia en PDF

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Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 2, Sentencia 1055/2024, Exp. 00515-2024-HC, 2024-10-02. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.