Sentencia 11/2025 · Exp. 00454-2023-HC
Pleno · Improcedente · 2024-10-21
Fundamentos jurídicos relevantes
5. En el caso de autos, si bien el demandante denuncia la afectación de los derechos a la tutela procesal efectiva, al debido proceso, a la debida motivación de las resoluciones judiciales, a la presunción de inocencia y a la libertad personal, lo que en puridad pretende es el reexamen de lo resuelto en sede ordinaria. […]
7. En síntesis, se cuestionan en abstracto elementos tales como la valoración de pruebas y su suficiencia, así como el criterio de los juzgadores aplicado al caso concreto y la correcta aplicación de acuerdos plenarios. No obstante, dichos cuestionamientos resultan manifiestamente incompatibles con la naturaleza del proceso constitucional de habeas corpus, pues recaen sobre asuntos que corresponden dilucidar a la justicia ordinaria, tal y como ha sido realizado a través de las resoluciones impugnadas.
8. Por consiguiente, estando a que la reclamación del recurrente no está referida al contenido constitucionalmente protegido del derecho tutelado por el habeas corpus, resulta de aplicación el artículo 7, inciso 1, del Nuevo Código Procesal Constitucional.
Texto de la sentencia
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